Resumen del Artículo 588 ter

Artículo 588 ter del Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) — ter a. Presupuestos. La autorización para la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas solo podrá ser concedida cuando la investigación tenga por objeto alguno de los delitos a que se refiere el artículo 579.1 de esta ley o delitos cometidos a través de…

LECrimVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 588 ter

La autorización para la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas solo podrá ser concedida cuando la investigación tenga por objeto alguno de los delitos a que se refiere el artículo 579.1 de esta ley o delitos cometidos a través de instrumentos informáticos o de cualquier otra tecnología de la información o la comunicación o servicio de comunicación.

Norma publicada: 14 de septiembre de 1882

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 588 ter

¿Qué dice el Artículo 588 ter del LECrim?

ter a. Presupuestos. La autorización para la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas solo podrá ser concedida cuando la investigación tenga por objeto alguno de los delitos a…

¿El Artículo 588 ter del LECrim está vigente?

El artículo 588 ter del LECrim está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 588 ter dentro del LECrim?

Se encuentra en la estructura: LIBRO II › CAPÍTULO V › Sección 1.ª.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 588 ter?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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